¿Cómo gestionar un Monotributista la devolución del 15%?
El solicitante debe recurrir al formulario 746/A web.
Para este caso, una vez dentro del sitio web de la AFIP (www.afip.gov.ar), los pequeños contribuyentes solicitantes utilizando su Clave Fiscal y con los Datos Biométricos registrados, deben ir a la sección “Mis Aplicaciones Web” y hacer click en “Nuevo Formulario”.
Allí se debe volcar la siguiente información:
• Tipo: declaración jurada.
• Formulario: F.746/A – DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS
• Versión: 390
• Período Fiscal: ingresar el mes en el cual se cobró el por ciento.
Luego, en el apartado “Percepciones no registradas en Mis Retenciones” se debe ingresar a “Agregar Percepción”. Allí, se informa una percepción por cada tarjeta, por banco, por marca de la tarjeta y por resumen.
De aprobarse la devolución, la AFIP rembolsará el recargo del 15% a la cuenta bancaria declarada a través de la CBU. En caso que se rechace, la AFIP va a informar por qué lo rechaza.
El rechazo puede ser recurrido presentando un reclamo dentro de los 15 días de ser notificado. En esa situación, el fisco tiene un plazo de 60 días para resolver los recursos.
