Con la nueva herramienta de fiscalización 2.0, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ahora podrá investigar también a los trabajadores en relación de dependencia.   Si bien hasta ahora estas inspecciones por Internet han recaído en empresas, productores sojeros o monotributistas, la resolución que las establece prevé específicamente que alcanzarán a estos trabajadores.

Los empleados en relación de dependencia están incluidos en la posibilidad de que la AFIP les hagan cualquier tipo de inspección, pero en la práctica será a través de la electrónica con la que el organismo los alcanzará en forma masiva. La resolución 3416 da comienzo con una intimación al contribuyente en el domicilio, en la que se le comunica que se inicia el proceso por Internet. Según el diario El Cronista, si el empleado en relación de dependencia tiene declarado un domicilio fiscal, ese es el que conoce la AFIP y ese es el que recibe las notificaciones del organismo. En ningún caso es el de la empresa en la que trabaja.   Si no está inscripto un domicilio fiscal o si fracasa la notificación, la intimación va al domicilio que el contribuyente tenga declarado con el empleador y que éste a su vez inscribe en el sistema Mi Simplificación que utiliza para dar las altas de todas las cuestiones que tienen que ver con el trabajador. Una vez recibida la notificación, ésta contiene un requerimiento, que es una serie de solicitudes de información del ente dirigido por Ricardo Echegaray al contribuyente.

La novedad de la fiscalización electrónica es que la notificación trae un número que habrá que ingresar con clave fiscal a través de la página web del organismo recaudador, en el servicio AFIP -Fiscalización electrónica -opción Cumplimiento de requerimiento fiscal electrónico. Con ese número se va a identificar cuál es la inspección que se está llevando a cabo.   A través de este servicio, el contribuyente va a enviar por transferencia electrónica la documentación requerida, ya sea en forma de archivos o de documentos escaneados.   Si queda satisfecha la inspección, se recibirá la resolución correspondiente. Pero si hubiera incumplimientos por parte del contribuyente, hará una investigación presencial.   Además, el incumplimiento de los requerimientos ?conlleva sanciones. Como son formularios pro forma, puede ocurrir que el contribuyente no pueda cumplir porque es imposible. En estos casos, debe presentar siempre unaf nota explicando que no presenta la información porque no le corresponde, para no recibir los castigos.   También hay que prestar atención a que cada vez que el fisco envía un requerimiento aunque sea sobre lo mismo, cada nuevo incumplimiento es una sanción aparte, aunque estén pidiendo lo mismo en el marco de la misma inspección.   Estas sanciones acumulativas son multas que se aplican previo sumario. Pueden ir de $150 a $2.500 en el caso de no cumplir con el requerimiento, y ante la resistencia a la fiscalización, el máximo se incrementa en $45.000. La ley define resistencia a la fiscalización como incumplimiento reiterado de los requerimientos.

Fuente: iprofesional.com

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