A través de la R.G. 3.534 (AFIP), publicada en el Boletín Oficial el 29/10/2013, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó los nuevos valores de las cuotas a cancelar por los trabajadores autónomos que rigen a partir de septiembre.

Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías       Importes en pesos

– I                                  459,50

– II                                643,29

– III                              918,99

– IV                           1.470,39

– V                             2.021,78

Los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), previstos en el artículo 9 de la ley 24241 y sus modificaciones, a partir del período devengado setiembre de 2013, son los siguientes:
a) Límite mínimo: pesos ochocientos sesenta y uno con cincuenta y siete centavos ($ 861,57).
b) Límite máximo: pesos veintiocho mil con sesenta y cinco centavos ($ 28.000,65).

A traves de la R.G. 3533 (AFIP), publicada el 29/10/2013 en el B.O., la Administración Federal de Ingresos Públicos dictaminó una suba del monto que los monotributistas deben pagar al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Registro Nacional de Obras Sociales, la cual comenzará a regir desde el 1 de noviembre. El aporte pasará de $ 100 a $ 146 y de $50 a $ 73, por cada beneficiario titular y por cada familiar a cargo incluido en el plan de la obra social, respectivamente.

Fuente:  Harteneck – Quian & Asoc.

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