No retención del Impuesto a las Ganancias sobre SAC
A través de la RG 3413, publicada en el Boletín Oficial hoy 19/12/2012, se establece que la
medida sobre la no retención del Impuesto a las Ganancias que recae sobre la segunda
cuota del Sueldo Anual Complementario, anunciada a mediados de noviembre pasado, y
que regirá para quienes tengan una remuneración bruta mensual devengada entre los
meses de julio a diciembre de 2012 que no supere los 25.000 pesos, deberá
exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes correspondientes bajo el
concepto “Beneficio Decreto Nº 2.191/12”.
